ARTICULO. DATOS ESTADISTICOS DE VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL CANTÓN CAYAMBE. AUTORA: Abg. Matilde Quilumbaquín Farinango Mgs.
DATOS ESTADISTICOS DE
VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL CANTÓN CAYAMBE
En
Ecuador se define como violencia de género a cualquier tipo de violencia tanto
física, psicológica, sexual o patrimonial; de la cual una mujer es víctima.1
Según la Agenda Nacional de las Mujeres y la igualdad de género del 2014 al
2017,2 en Ecuador, 6 de cada 10 mujeres han vivido algún tipo de violencia de
género en diversos ámbitos y por diversas personas. Es decir, a cerca de 3 260
340 mujeres no se respeta su derecho a una vida libre de violencia, el cual es
un derecho consagrado constitucionalmente en 2008 y en instrumentos
internacionales suscritos por el país.
De
60,6 % de mujeres violentadas, el 53,9 % ha vivido violencia psicológica como
una de las agresiones más frecuentes, le sigue la violencia física con el 38,0
%. Las cifras de violencia sexual son menor a las anteriores, pero no deja de
ser preocupante, ya que 1 de cada 4 mujeres (25,7 %) ha sido violentada
sexualmente. En cuanto a la violencia patrimonial, ésta afecta a un 16,7 % de
las mujeres a nivel nacional y se suele manifestar sumada a otro tipo de
violencias, por lo tanto se convierte en un determinante contra la autonomía de
las mujeres. El mayor porcentaje de violencia de género en cuanto a su
identificación étnica en el país lo presentan las mujeres indígenas con un 67,8
% y las afroecuatorianas con un 66,7 %, siguen las montubias con 62,9 %, las
blancas con 59,7 % y las mestizas con 59,1 %. De la misma manera, se observa,
que la violencia de género tiene una relación directa con la edad en que una
mujer inició la convivencia con su pareja. Así, el 67,9 % y 70,5 % de mujeres
unidas o casadas a temprana edad, entre 16 a 20 años, respectivamente sufrieron
violencia; mientras que, en menor porcentaje las mujeres que se unieron o casaron a mayor edad, entre
21 a 26 años y más, sufrieron violencia el 51,1 % y el 69,2 %.
En el
Ecuador, el cantón Cayambe, forma parte de los ocho cantones que integran la
provincia de Pichincha, la cual acoge a la mayor densidad poblacional en el
Ecuador. El cantón Cayambe es un territorio rural periférico a la ciudad de
Quito, capital ecuatoriana. La principal característica de este poblado es la
diversidad étnica y cultural que acoge siendo hogar de familias indígenas que
aún conservan sus tradiciones, normas, sistema de creencias, cosmovisión,
idioma ancestral y patrones culturales de relacionamiento. En este punto cabe
resaltar la realidad machista que atraviesa no solo a las sociedades modernas,
sino también a las formas de organización y relacionamiento ancestral. De ahí
que el contexto machista que engloba al cantón también se ve influenciado por
la diversidad étnica de sus pobladores.
Cayambe
es un territorio intercultural y plurinacional, con un predominio de las
comunas o comunidades como principal forma organizativa en el sector rural - La
diversidad étnico-cultural del cantón Cayambe está mediada por la confluencia
de diversas culturas y grupos humanos con formas de vida, tradiciones y
costumbres distintas. - El despunte económico experimentado desde el auge de la
industria florícola, modificó el escenario de actores que en él interactúan;
con las empresas florícolas, instituciones económicas de gran alcance se
constituyen en un grupo de poder que se ha convertido en el actor socio
económico más importante del cantón. - El impacto socio demográfico de la
industria florícola, ocasionó un fuerte flujo migratorio e incentivó nuevos
sectores de la economía local, generando otras interrelaciones sociales y
modificando el sistema de actores. - El desarrollo de sectores como el de
lácteos, introdujo a empresas transnacionales, desconocidas anteriormente para
la población. - Estas nuevas relaciones sociales, se muestran en su mayoría
sinérgicas, dando a entender la población de Cayambe tiende a adaptarse
satisfactoriamente a este tipo de cambios sociales. (…) En el cantón Cayambe la
principal forma organizativa son las comunas y comunidades, extendidas
principalmente en el sector rural, son las organizaciones de cercanía y
representación. La mayoría de ellas tiene pertenencia a organizaciones de la
Confederación del Pueblo Kayambi (de segundo grado). (GADIP Cayambe,
2019,117-118).
Una
vez situado el contexto territorial del cantón y retomando la premisa acerca de
las barreras de acceso que una persona tiene para poder acceder a la justicia y a mecanismos de protección
en la ruralidad se encuentra que los problemas de acceso a la justicia no
terminan con la llegada a la ciudad, porque ahí enfrentan otros problemas; de
tipo económico, de falta de información, de ubicación en contextos urbanos y de
manera muy habitual denuncian que el desconocimiento del idioma utilizado en
los tribunales de justicia impide acceder a ella (OEA, 2007). Para las mujeres,
lamentablemente el derecho al pleno acceso a la justicia y mecanismos de
protección para las mujeres se encuentra restringido por “los cerrojos de
género, al androcentrismo jurídico y el sexismo en la aplicación del derecho”
(Heim, 2016, p. 12). Elementos como la violencia machista en la aplicación del
derecho, la violencia institucional, la existencia de leyes masculinas,
situaciones de revictimización, entre otros tratos degradantes hacia la
dignidad de la vida son condiciones vulneradoras de derechos humanos, y por
tratarse de género y diversidad, del principio de igualdad y no discriminación
que reconoce la ONU (1948, arts. 1 y 2) en la Declaración Universal de los
Derechos Humanos.
Las
desigualdades que existen en el mundo son producto de la creencia patriarcal de
subordinación de la mujer y esto da lugar a diferentes formas de opresión las
cuales impiden que la justicia para las mujeres llegue en igualdad estructural
de condiciones. En el mundo son 736 millones de mujeres las que a lo largo de
toda su vida han sufrido violencia basada en género (El Comercio, 2021). En el
Ecuador 65 de cada 100 mujeres han experimentado algún tipo de violencia a lo
largo de su vida (INEC, 2019, p. 17). En Cayambe, la Junta Cantonal de
Protección de Derechos registra de enero a noviembre de 2021 un total de 365
denuncias por violencia basada en género. Lamentablemente estos datos solo
reflejan la realidad de un registro institucional, más existen muchas otras
cifras que forman parte de un subregistro con el que no se cuenta y que seguro
hace que los índices de violencia hacia la mujer sean mucho más altos de lo que
se conoce actualmente.
De
ahí que resulta necesario ubicar la mirada hacia la igualdad y no
discriminación, como un principio ético que integra el sistema de derechos
internacionales y que lo integra también nuestra Constitución, ya que este
constituye principio constituye un pilar fundamental para el ejercicio pleno de
los derechos de la población sin distinción alguna, es una herramienta para
frenar los abusos de poder y para alcanzar una verdadera equidad mundial. Hoy en día organismos internacionales como la
ONU, la OEA, la CIDH, entre otras entidades de derecho internacional, trabajan
articuladamente en la promoción del fortalecimiento de un Estado de Derecho que
garantice el acceso a la justicia en igualdad de condiciones desde estándares
mínimos que poco a poco reduzcan las brechas sociales y estereotipos de género
de giran alrededor de esta problemática.
La
metodología que se aplica dentro de la siguiente investigación académica es el
paradigma de investigación cualitativa desde una dimensión empírica que
contempla un método inductivo de análisis. Se emplea el método inductivo en
razón de que, a través de una premisa particular, como es el análisis de casos
puntuales respecto de la violencia económica y patrimonial hacia las mujeres,
se pretende encontrar una conclusión general que permita comprender si los
servidores de justicia están aplicando o no medidas de protección frente a la
violencia económica y patrimonial. La investigación cualitativa que se
desarrolla en el presente trabajo consiste en un análisis documental de
información bibliográfica académica, doctrina, jurisprudencia, revistas
científicas, entre otras fuentes documentales que permitirán el desarrollo de
la investigación de acuerdo con los objetivos planteados. Si bien se integran
ciertos datos numéricos, estos solamente constituyen un punto de referencia que
permite ubicar desde la realidad, la incidencia que tiene la tipificación de
esta nueva forma de violencia, la violencia patrimonial y económica, en el
ordenamiento jurídico ecuatoriano.
Para el levantamiento de la información se han identificado fuentes primarias y secundarias que sustentan la línea de análisis que se desarrolla a continuación, esto con la necesidad de analizar la realidad que se inscriben sobre las autoridades y miembros de la Junta Cantonal de Protección de Derechos del cantón Cayambe y en la Unidad Judicial Penal del mismo cantón. De ahí que entre los instrumentos se recogen algunos datos que refieren el entorno que se vive a nivel del cantón en el acceso a la justicia y la respuesta que brinda a las mujeres, especialmente a aquellas atravesadas por diferentes formas de discriminación sistemática. Dentro de la línea metodológica se toma como punto de partida para el análisis los datos que arroja la Encuesta Nacional de Violencia sobre relaciones familiares y violencia de género contra las Mujeres -EVIGMU (2019) la cual toma como muestra de estudio a las mujeres a partir de los 5 años, dentro de las diferentes zonas urbanas y rurales del territorio ecuatoriano.
Cabe señalar que la investigación académica integra un enfoque de perspectiva de género, basado en el paradigma interseccional lo que permite entrever una serie de vulneraciones múltiples y sistemáticas que se gestan sobre las mujeres por su condición de género agravada con otras condiciones de vulnerabilidad como es la etnia, clase social, nivel de educación, lugar de procedencia, entre otras, reconociendo que la causa del problema de investigación académica es la violencia basada en género como una situación de discriminación estructural.
DISCUSIÓN Y RESULTADOS. –
Para
presentar los hallazgos encontrados dentro de la presente investigación académica,
cabe situar en un primer momento un contexto nacional respecto de los índices
de violencia en lo que respecta a la línea temporal 2020-2021, para en un
segundo momento situar los datos desagregados a nivel local, en dónde se podrá
correlacionar la información encontrada. Finalmente, en un tercer momento de la
discusión se situarán dos casos judiciales correspondientes a violencia
patrimonial y económica hacia las mujeres en el cantón Cayambe, de dónde se
podrá extraer las conclusiones encontradas como resultado de esta investigación
académica. Ahora bien, existen varios datos recopilados por diferentes
instituciones como el Instituto Nacional de Censos y Estadísticas INEC, la
Fiscalía General del Estado, así como la Junta Cantonal de Protección de
Derechos de Cayambe, los cuales sitúan el contexto actual que viven las mujeres
alrededor de la violencia de género.
Ilustración 1.
Grado de violencia que ha sufrido la mujer a lo largo de sus años
Nota. El
gráfico contiene cifras desagregadas por provincia. Tomado ENVIGMU, 2019, por
INEC, p. 19.
De la
gráfica anterior se observa que en la provincia de Pichincha el 70,6 de las
mujeres mayores de 15 años indicaron haber sufrido algún tipo de violencia a lo
largo de su vida, ubicándose entre las provincias con más alto índice de
violencia hacia las mujeres en el Ecuador. Se hace referencia a la provincia de
Pichincha, ya que como se mencionó al inicio de la presente investigación
académica, el cantón Cayambe forma parte de los 8 cantones que conforman la
provincia. Paralelo a esta cifra que arroja la Encuesta
Nacional sobre Relaciones Familiares y Violencia de Género contra las Mujeres
-ENVIGMU- se encuentra también que, durante el confinamiento “la
fiscalía general del Estado reportó que al 01 de mayo se presentaron un total
de 1040 denuncias relacionadas con violencia de género, e informó que la
mayoría de los casos se son dentro los hogares, siendo Guayas, Pichincha,
Esmeraldas, Imbabura y Pastaza las provincias con mayor registro” (DPE, 2020,
5).
Indicadores nacionales de violencia
Nota. Tomado de ENVIGMU, 2019, por INEC.
Los
indicadores nacionales de violencia reflejan que el 64.9% de las mujeres que
radican en el territorio ecuatoriano han sufrido algún tipo de violencia a lo
largo de su vida. En dónde la violencia patrimonial y económica se ubica en el
índice más bajo, representando apenas el 14.9% en el área rural, como es el
cantón Cayambe, aunque esto puede deberse a un subregistro o a la novedad que
representa la tipificación de este tipo de violencia en la normativa jurídica.
Por otro lado, los datos arrojan que la violencia psicológica es el tipo de
violencia que se presenta con mayor frecuencia, siendo que casi el 57% de
mujeres a nivel nacional la han vivido a lo largo de la vida, seguida de la
violencia gineco-obstétrica la cual presenta datos alarmantes a nivel rural
(INEC, 2019).
Los
indicadores del INEC (2019) reflejan que a nivel general la mayor parte de
mujeres que han sufrido violencia se encuentran en la zona urbana, aunque estos
datos difieren una vez que son desagregados según el tipo de violencia. Esto significa
que el área rural supera al área urbana en ciertos índices de violencia tales
como la violencia física, la violencia psicológica y la violencia
gineco-obstétrica. En lo que respecta a la violencia económica y patrimonial,
el área urbana presenta un índice superior al de la ruralidad. Sin embargo,
estos datos no recogen una verdadera realidad, existen muchas mujeres en la
ruralidad que no logran acceder a los sistemas de justicia por las limitaciones
vinculadas a la distancia y al contexto cultural, esto implica que exista un
subregistro en los datos de las mujeres sobrevivientes de violencia.
Indicadores Nacionales de Violencia
Fuente:
INEC, Elaborado por Fiscalía General del Estado, 2020, p.2
Respecto
de la ilustración 3, se puede ver que notablemente existe una diferencia amplia
en tanto al ejercicio de la violencia a nivel familiar y a nivel de pareja, en
dónde se encuentra que la pareja es el principal agresor de la mujer. “Los
datos de la encuesta revelan que las mujeres viven violencia en todos los
ámbitos de su vida, tanto públicos como privados, sin embargo, en las
relaciones de pareja el porcentaje es más alto” (GADIP, 2019, p. 69). De manera
que la violencia de género es algo estructural y sistemático que se reproduce
al interior de las relaciones de pareja. Nuevamente se encuentra que existe un
bajo índice de violencia patrimonial y económica frente otros tipos de
violencia, en dónde la violencia psicológica sigue siendo predominante en el maltrato
y formas de degradación hacia la mujer.
Víctimas de feminicidio durante el confinamiento
Nota. Tomado de Fiscalía General
del Estado, elaborado por Yungán y Cajas (2020).
En la
gráfica se observa un incremento de feminicidios en la ruralidad especialmente
en los meses de abril mayo y junio. Dado que la provincia de Pichincha refleja
los índices más altos de feminicidios a nivel nacional, habiéndose registrado
79 muertes violentas en mujeres desde el 10 de agosto del 2014 al 30 de agosto
de 2020 en la región (Yungán y Cajas, 2020) , es necesario que las acciones que
se elevan desde el Estado se inserten sobre el contexto cultural social
político y coyuntural predominante en cada región del país, es decir se debe
comprender que la problemática que se viven en la zona urbana difiere de la
realidad de la ruralidad en dónde la violencia de género se ve atravesada por
patrones culturales de los diferentes territorios. Ahora bien, en lo que
respecta a los datos desagregados de la provincia de Cayambe se encuentra que:
La
violencia psicológica se presenta con mayor frecuencia, casi el 57% de mujeres
la han vivido a lo largo de la vida; y el 25,2% en los últimos 12 meses. La
violencia física a lo largo de la vida representa el 35,4%, en tanto que en los
últimos doce meses el 9,2%; el 32,7% de las mujeres han experimentado violencia
sexual a lo largo de su vida, y el 12% en los últimos 12 meses. (GADIP, 2019,
p. 70)
Estas
cifras no distinguen la tipificación que la LOPVECM (2018) hace respecto de la
violencia económica y patrimonial, mucho menos de la violencia
gineco-obstétrica o la violencia simbólica, si bien los datos corresponden al
año 2019 esto refleja que tampoco los funcionarios de las diferentes instituciones
hacen un esfuerzo por identificar nuevos tipos de violencia que vayan más allá
del maltrato físico y psicológico. Resulta necesario comprender que la
violencia económica y patrimonial es un “tipo de
violencia puede pasar desapercibida debido a que no deja huellas evidentes como
las agresiones físicas, siendo a veces difícil de identificar y sancionar”
(Valer y Viviano, 2018, párr 2). Frente a ello es necesario que, como garantía
para el debido cumplimiento de los derechos de las mujeres, desde el principio
de igualdad y no discriminación, los funcionarios judiciales se encuentren
debidamente capacitados en temas de violencia de género con la finalidad de
promover una justicia eficaz y eficiente para las mujeres que contemple la
igualdad de condiciones de acceso.
Casos de violencia atendidos en Cayambe
Nota.
Índices sobre diferentes tipos de violencia en Cayambe, tomado de GADIP, 2020,
p. 70.
Si bien estos datos corresponden al año de 2018, son las cifras más actualizadas que incorpora el Plan de Ordenamiento Territorial del cantón, de ahí que las cifras de violencia patrimonial arrojan un 0% de casos atendidos. Sin embargo, y tal como se mencionó previamente, esto no significa que la violencia patrimonial y económica no se reproduzca de diferentes maneras o al interior de diferentes ámbitos o esferas de la sociedad, sino más bien que existe un desconocimiento respecto de la forma en como esta se manifiesta. Como se ha mencionado previamente, la violencia económica y patrimonial no está visibilizada, no han existido tampoco campañas de socialización en los territorios frente a esta forma de violencia intrafamiliar y las garantías que tienen las mujeres en el acceso a este derecho a través de los diferentes mecanismos de justicia (Castillo, 2019, 97).
Casos de violencia atendidos por instituciones, cantón Cayambe.
Nota. Los datos corresponden al Sistema Integral de Protección de Derechos, tomado de GADIP, 2020, p.18.
En el año 2018 de acuerdo a las estadísticas emitidas respecto a los tipos de violencia que han sido atendidos en las diferentes instituciones tanto públicas y privadas que conforman con el Sistema de Protección de Derechos Cayambe; en el Cantón se han registrado 4086 casos atendidos por diferentes tipos de violencias (…) la Secretaria de Derechos Humanos atiende a 1702 que representa el 41.65%, la Policía Nacional atiende 1422 casos representa el 34.80%, CPID-C 298 casos representa el 7.29%, COINCAD 231 casos es el 5.65%, JCPDC 158 casos representa el 3.87%, UEPDE 149 casos representa el 3.65%, MSP 125 casos representa el 3.06%, Comisaria Nacional 1 caso representa el 0.02%. (GADIP, 2020, p.17)
Como se puede ver en la ilustración 6, la Comisaria Nacional del cantón Cayambe atendió apenas un caso de violencia patrimonial y económica hacia la mujer, siendo la única institución de la zona que recibió una denuncia de ese carácter. Si bien, en el 2018 apenas salió en vigencia la LOPVECM en dónde la violencia patrimonial y económica fue tipificada en el artículo 10 literal d, es necesario identificar si dentro de la línea de temporalidad inscrita sobre la presente investigación académica, año 2020 y 2021, esta forma de violencia ha tenido algún cambio en lo que respecta al número de denuncias presentadas y a la atención que brindan las instituciones.
Casos de violencia atendidos por la Junta Cantonal de Protección de Derechos Cayambe
Nota. Número de casos
atendidos. Tomado de base de datos JCDP Cayambe, 2021.
De la gráfica previa se desprende que claramente la
violencia física y psicológica son las que más denuncias presentan. En el año
2019 la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Cayambe atendió 2 casos de
violencia patrimonial y económica, esta cifra ascendió en el año 2020 ya que se
receptaron 9 casos referentes a este tipo de violencia, dónde 2 de ellos fueron
interpuestos durante el periodo de confinamiento total que hubo debido a la
pandemia. Por otro lado, en el año 2021 con la fecha de corte a 2021 se
evidencian la presentación de apenas 3 casos de violencia patrimonial y
económica. De lo anterior se encuentra que, en su totalidad, la Junta Cantonal
de Protección de Derechos durante el periodo 2020-2021 ha atendido 9 casos de
violencia patrimonial y económica.
Respecto
de las 21 denuncias que recibió la JCPD Cayambe durante el periodo del
confinamiento, cabe señalar que esta cifra corresponde a un número
relativamente bajo, esto tiene una explicación que lejos de implicar una
disminución en el ejercicio de la violencia, porque cabe señala que en la
pandemia la violencia de género se disparó, tiene que ver con las formas
intrafamiliares de opresión hacia la mujer. Ya que “el acceso a la justicia se ha visto disminuido, las denuncias de
violencia de género han decrecido a pesar de que esta ha aumentado durante la
cuarentena. Por ejemplo, las denuncias han disminuido en un 80 % debido a que
las mujeres conviven en el mismo domicilio con el agresor y se les complica
denunciar ante las autoridades” (DPE, 2020, 7)
Casos de violencia atendidos por la Junta Cantonal de Protección de Derechos Cayambe
Nota.
Tomado de Base de datos JCPD-Cayambe, 2021.
En la
imagen previa se observa que el cantón Cayambe la Junta Cantonal de Protección
de Derechos ha recibido un total de 219 denuncias por violencia de género entre
enero a diciembre 2021. De las cuales el 55, 89% de ellas fueron presentadas
por mujeres (JCDP, 2021). A continuación, la siguiente ilustración contiene los
datos desagregados según el tipo de violencia.
Casos de violencia atendidos por la Junta Cantonal de Protección de Derechos
Nota.
Tomado de Base de datos JCPD-Cayambe, 2021.
En el
mismo sentido, la información que arroja la base de datos de la Junta de
Cantonal de Protección de Derechos JCPD de Cayambe (2021) en lo que respecta a
violencia de género el mayor motivo para la presentación de la denuncia es la
violencia psicológica hacia la mujer, luego la violencia física y
posteriormente la violencia patrimonial, con un número de 82 casos atendidos.
La novedad que se inscribe sobre estos datos es que la violencia patrimonial en
relación con los datos del 2018 en dónde se contemplaba una cifra de 0%, es que
hoy en día se logra evidenciar un aumento en el número de denuncias presentadas
por este tipo de violencia. Esto significa que de alguna manera la tipificación
de la violencia patrimonial y económica (LOPEVCM, 2018, art. 10) como una forma
de menoscabar los recursos de la mujer, incide en la identificación y
reconocimiento de otras formas de opresión patriarcal.
En los
talleres participativos con las parroquias rurales, la problemática de violencia
contra las mujeres se identifica en la mayoría, en algunos casos la mencionan
marginalmente y en otros consideran que ésta ha bajado. La forma de violencia
mayoritariamente referida es la violencia intrafamiliar. Mencionan que la
problemática “es un tabú del que no se habla ni se denuncia”. Así mismo afirman
que ésta se presenta por “el machismo” y que la discriminación contra las
mujeres está naturalizada (GADIP, 2019, p. 70).
Esto
refleja que a pesar de que la violencia económica y patrimonial se encuentra
tipificada en la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia
contra las Mujeres (LOPEVCM, 2018) la socialización de esta nueva configuración
de violencia basada en género ha sido escasa por lo que sigue siendo un
problema invisibilizado y desconocido por muchas personas. De ahí se puede
inferir que muchas de las denuncias de violencias psicológica presentadas en el
cantón Cayambe por las mujeres víctimas de este tipo de maltrato, pueden
esconder detrás otras formas sistemáticas de vulneración a su economía y
patrimonio que resultan difíciles de reconocer. “La violencia económica y
patrimonial no solamente es mantener en la casa a la mujer y mantener a la
mujer, es la violencia ejercida a sus bienes muebles e inmuebles de los recursos
económicos en un contexto familiar y social” (Maldonado et al, 2020, 524).
Se puede decir que las denuncias presentadas en
el cantón Cayambe por violencia de género representan apenas las cifras de
violencia que han podido llegar al acceso a la justicia. Es decir, son
únicamente un dato que corresponde a un sector determinado de la población del
cantón. Es necesario comprender que la brecha de género en el acceso a la
justicia y la ruralidad que atraviesa al cantón, el cual es periférico de la
capital, Quito; hace que el acceso a mecanismos de protección sea reducido y
limitado por barreras culturales, barreras de clase y barreras de género.
Respecto de los índices de violencia de tipo patrimonial y económica hacia las
mujeres en el cantón Cayambe no reflejan una cifra alta, pero esto no se da
porque este tipo de violencia no se ejerza hacia las mujeres, sino por el
desconocimiento de esta nueva figura penal. Lo que impide que las víctimas de
otros tipos de violencia evidencien la manifestación de la violencia económica
y patrimonial en el actuar de su agresor.
Como
una repercusión negativa de la violencia económica en dónde “el que paga manda”
(UIG, 2017, p. 4), la víctima se ve expuesta a una situación de vulnerabilidad
que puede derivar en otras formas de violencia tales como violencia sexual,
física y psicológica. Es decir, la mujer que vive violencia patrimonial puede
ver al mismo tiempo maltratada físicamente por su marido y vulnerada en tal
sentido que su salud mental se ve afectada. De ahí que la vulneración que vive
una mujer víctima de violencia de género puede ser sistémica e interseccional,
es decir que vive muchos tipos de vulneraciones diferentes las cuales pueden
suceder al mismo tiempo y ser ejercidas por el mismo agresor, la pareja.
Lamentablemente los estereotipos de género patriarcales que se engloban dentro
de una figura del hombre proveedor cabeza de hogar y la mujer sumisa y
servicial han devenido en una idealización del matrimonio y romantización de la
violencia de género, en dónde la mujer debe aguantar el maltrato de su esposo
porque el matrimonio y el amor implica sacrificio y perdón. Estereotipo que
está muy presente y atravesado en la práctica cotidiana de la cultura Kayambi.
La
violencia es una manifestación de las relaciones desiguales de poder entre
hombres y mujeres, están estrechamente vinculados a la división sexual del
trabajo, que asigna roles, atributos, responsabilidades y capacidades
diferentes a las personas de acuerdo con el sexo, en cuyo resultado se
desvaloriza lo femenino y se subordina a las mujeres. En este sentido, la
violencia requiere respuestas integrales, que permitan a las mujeres conocer
sus derechos, exigirlos contar con medidas de protección (GADIP Cayambe, 2019,
p. 70).
La Unidad de Igualdad de Género (2017) hace una distinción entre las formas en cómo se presenta la violencia económica y las formas en cómo se presenta la violencia patrimonial. La violencia económica se manifiesta en situaciones como la brecha salarial de género, la limitación en el crecimiento profesional hacia las mujeres, el impedimento en la toma de decisiones respecto a la economía del hogar, control sobre el uso del dinero de la mujer, y la falta de asistencia en la manutención de los hijos, dejando esa responsabilidad únicamente a la mujer. Por otra parte, la violencia patrimonial se manifiesta a través de situaciones como el menoscabo de los bienes y objetos personales de la mujer, apropiación del patrimonio familiar de la mujer tales como herencias, donaciones. El despojar a la mujer de documentos personales o de pruebas que les impidan realizar ciertos trámites o acreditar ciertos bienes (p.3). Frente a estas formas de violencia, las medidas de protección están direccionadas para proteger a las víctimas de agresiones que pueda recibir por parte de su agresor.
CONCLUCIONES Y RECOMENDACIONES.-
- La violencia económica y patrimonial es un gravísimo problema a nivel social en el ámbito familiar, por lo que es indispensable que el Estado de forma inmediata disponga la reforma al Código Orgánico Integral Penal COIP (2014), en cuanto a la tipificación y sanción de estos actos, instrumento jurídico que frenara este tipo de maltrato hacia a la mujer. La Ley Orgánica Integral Para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra de las Mujeres LOPEVCM (2018) reconoce la violencia económica y patrimonial, por lo tanto, debe ser sancionada a través de una pena y no únicamente controlada desde el despliegue de medidas de protección.
- Con el objetivo de garantizar la integridad de la mujer y de los miembros del núcleo familiar, no solo con la sanción, si no con una reparación integral a la víctima. Debe elaborarse un proyecto de reforma al Código Orgánico Integral Penal COIP, el mismo que permita que las medidas de protección sirvan como instrumento jurídico coercitivo, eficaz y efectivo para erradicar los tipos de violencia que se reconocen en La Ley Orgánica Integral Para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra de las Mujeres, garantizando un acompañamiento y reparación integral que contemple la garantía de no repetición como un medio de hacer efectivo los derechos de las mujeres.
- La violencia económica y patrimonial como un tipo de agresión que se da dentro de una relación de pareja en dónde un cónyuge depende de otro, más allá de afectar a la mujer afecta a otros miembros del núcleo del hogar como son los niños y niñas. En este caso la violencia patrimonial se exterioriza en la negación del hombre de proveer incluso los alimentos de los menores, menoscabando sus derechos y afectando su ejercicio a una vida en condiciones de dignidad. De ahí que es necesario, tal como se evidenció en el proceso PAPD-VG No. 054-2020-JCPD-C de la Junta Cantonal de Protección de Derechos de Cayambe, que las medidas de protección frente a la violencia intrafamiliar se desplieguen en articulación de las necesidades tanto de la madre como de los menores afectados, intentando resguardar ante todo la seguridad del núcleo familiar.
- Se recomienda que el ámbito de violencia económica y patrimonial, el procedimiento de juzgamiento deba garantizar la seguridad de la víctima de violencia económica y patrimonial y su familia otorgándole una medida cautelar que proteja el derecho de su patrimonio, sus bienes y recursos económicos. Es necesario pensar en procesos de integración y concientización dirigidos a hombres, capacitación para la población masculina sobre los roles paritarios en el hogar y la reeducación de nuevas masculinidades, promocionar la sensibilización desde el enfoque de derecho a una vida libre de violencia. generar procesos de fortalecimiento interinstitucional, capacitación a servidores de justicia y el fortalecimiento de servicios de información sobre el uso y acceso a mecanismos de justicia, mecanismos de protección. (GADIP, 2020, p.20). A nivel local se pueden ejercer las siguientes acciones:
- Promover procesos de vigilancia y observancia desde las organizaciones de mujeres, respecto al cumplimiento de las normativas vigentes. Fortalecer el sistema de protección cantonal a fin consolidar los protocolos y rutas de atención en casos de vulneración de derechos y no revictimización. Diseñar un modelo de atención intercultural para procesos de acogimiento dentro de la atención a casos en la Junta Cantonal de Protección de Derechos. Fortalecimiento institucional de la Junta Cantonal de Protección de Derechos, a fin de generar el seguimiento a los casos atendidos (GADIP, 2020, p. 23)
- Las mujeres más allá de la creación de sistemas judiciales que protejan y defiendan sus derechos desde el postulado de igualdad y no discriminación, lo cual es muy muy necesario en la sociedad actual, necesitan también una articulación conjunta y capacitación constante tanto para ellas, como para los mismos servidores y funcionarios del Estado como son los jueces y servidores públicos. Sin una mirada que contemple la gravedad de la discriminación que viven las mujeres, la normativa no pasará del papel escrito, por ende, es importante que el acceso a la justicia en igualdad de condiciones deje de ser una realidad formal y se materialice como una realidad en la práctica diaria y cotidiana de la justicia. El reto está en reconocer los diferentes tipos de violencia y en el acceso a la justicia en igualdad de condiciones. Solo la coordinación eficiente entre las diferentes entidades que conforman el sistema de protección de derechos puede promover una verdadera incidencia en la punibilidad de la violencia patrimonial y económica hacia las mujeres.
REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS.-
- GADIP Gobierno Autónomo Descentralizado Intercultural y Plurinacional Cayambe. (2020). Agenda de las mujeres del cantón Cayambe. Kayambi Kiti Warmikunapak Llankana 2020-2022. Cayambe: Gobierno Autónomo Descentralizado Intercultural y Plurinacional del Municipio de Cayambe.
- GADIP Gobierno Autónomo Descentralizado Intercultural y Plurinacional Cayambe. (2019). Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial del cantón Cayambe 2020-2030.https://municipiocayambe.gob.ec/images/ley_transparencia/LOTAIP/R_cuentas_2020/1.%20PLAN%20DE%20DESARROLLO%20Y%20ORDENAMIENTO%20TERRITORIAL%20DEL%20CANT%C3%93N%20CAYAMBE%202020-2030.pdf
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- Yungán Pinduisaca y Karla Cajas Luzuriaga. (2020). Análisis de la violencia de género. Fiscalía General del Estado. https://www.fiscalia.gob.ec/estadisticas-fge/
Lugar y Fecha:
Ecuador-Cayambe, lunes 10 de octubre
de 2022
ARTICULO INDEXADO:
https://revistaacademicapoderdelderecho.blogspot.com/2022/10/articulo-datos-estadisticos-de.html
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