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EL ALEGATO DE LA APERTURA

 

ARTICULO. LAS MODALIDADES DE LA CONDUCTA EN MATERIA PENAL. DR. VINICIO ROSILLO ABARCA

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  LAS MODALIDADES DE LA CONDUCTA EN MATERIA PENAL   Art. 23 del Código Orgánico Integral Penal.-   Modalidades de la conducta.-   La conducta punible puede tener como modalidades la acción y la omisión. No impedir un acontecimiento, cuando se tiene la obligación jurídica de impedirlo, equivale a ocasionarlo. La Teoría de la Acción se estudia en el Art.23 del Código Orgánico Integral Penal que se refiere a la conducta penalmente relevante como CONDUCTA PUNIBLE, dejando en evidencia los dos componentes de la estructura de la infracción penal: la conducta = precepto; y, la pena = punible. Además se deja puntualizado que las modalidades de la conducta son la acción y la omisión, que tienen las siguientes peculiaridades: LA ACCION COMO MODALIDAD DE LA CONDUCTA: La ACCIÓN en el contexto de modalidad de conducta es un comportamiento que supone: HACER, ACTUAR, REALIZAR; en consecuencia, la acción constituye el ejercicio real y positivo de la conducta que hip...

ARTICULO. IMPUGNACION PROCESAL PENAL Y EL PRINCIPIO NON REFORMATIO IN PEJUS . DR. VINICIO ROSILLO ABARCA

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  IMPUGNACION PROCESAL PENAL Y EL PRINCIPIO NON REFORMATIO   IN PEJUS   LA IMPUGNACIÓN PROCESAL Art. 5 Código Orgánico Integral Penal. Principios procesales. El derecho al debido proceso penal, sin perjuicio de otros establecidos en la Constitución de la República, los instrumentos internacionales ratificados por el Estado u otras normas jurídicas, se regirá por los siguientes principios: 6. Impugnación procesal: toda persona tiene derecho a recurrir del fallo, resolución o auto definitivo en todo proceso que se decida sobre sus derechos, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República, los instrumentos internacionales de derechos humanos y este Código. El derecho a impugnar ¿Qué es la Impugnación? La impugnación se la puede entender en tres planos: es un derecho, es una garantía judicial y es una facultad. ·          La Impugnación es un derecho no una obligación procesal, lo que quiere...